La despenalización de la homosexualidad, como todas sabemos, es reciente, pero lo que no sabemos tanto es que su tipificación como delito tampoco era tan antigua. Aquí te explico cuáles fueron los dimes y diretes que nos llevaron a que dos personas del mismo sexo se puedan amar libremente. 

La despenalización de la homosexualidad en España

Cuando hablamos de despenalización de la homosexualidad, hay que decir que aquí hay «trampa». Legalmente, no se puede decir que la homosexualidad fuese un delito en España hasta 1928, cuando se incluyó como tal en el Código Penal durante la dictadura de Primo de Rivera. Ahora bien, eso no significa que estuviese bien vista ni que no existiesen otras leyes de «decoro» o «buenas costumbres» que cumpliesen la misma función. Y, por supuesto, antes del siglo XIX no existía la separación Iglesia-Estado, así que la sexualidad no heteronormativa estaba penalizada.

La despenalización es una conquista de derechos indudable. Por eso, si hablamos de despenalización, de verdad, nos tenemos que ir a dos momentos clave: la Segunda República y la Constitución de 1978. Veamos cada caso, porque tiene su importancia: 

Despenalización durante la Segunda República

La Segunda República derogó el Código Penal de 1928 y lo reemplazó por el de 1870. Esto traía dos consecuencias prácticas: la despenalización de la homosexualidad (masculina y femenina) y la posibilidad de divorciarse. En la Constitución de 1931, además, se señaló la igualdad entre sexos en el artículo 36. No se decía nada en contra de la homosexualidad, de manera que esta se entendía como legal, aunque el matrimonio solo fuese entre hombre y mujer. Más allá de los prejuicios existentes, lo cierto es que esta fue una época de apertura para nosotras.

Ahora bien, durante el franquismo esta situación cambió. La Ley de Vagos y Maleantes, aprobada en 1933 para delincuentes antisociales, fue modificada en 1954 para incluir a los homosexuales. Posteriormente, la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social de 1970 siguió considerando al colectivo LGTBIQ+ susceptible de ser «reeducado». En algunos casos, nos internaban en centros de «reeducación» para «convertirnos». 

Despenalización de la homosexualidad en la Constitución de 1978

La despenalización de la homosexualidad tuvo que concretarse en la Constitución de 1978. Si bien la Segunda República no penalizaba la homosexualidad, pero dejaba un vacío legal, en el actual texto constitucional esto se afinó más. En el artículo 14, se consagra el hecho de la no discriminación por «condición o circunstancia personal o social». Solo tres días antes de que se promulgase la Constitución, el 26 de diciembre, se reformó la Ley de Peligrosidad para excluir a los homosexuales de ella.

Aunque pasaron 27 años antes de que se aprobase el Matrimonio Igualitario, fue otra conquista para nosotras. A partir de 1978, la tendencia ha sido ir avanzando, poco a poco, en derechos, también para las lesbianas.

La despenalización de la homosexualidad en España ha sido un proceso complicado, siempre con el velo de la invisibilización. Afortunadamente, ahora podemos hablar de ello con libertad, y ese es un derecho por el que yo voy a luchar siempre.