¿Buscas razones para casarte? ¿Tienes una relación estable y no terminas de decidirte? ¿Quieres dar el paso a este compromiso pero no sabes qué implicaciones tiene a nivel legal? Pues si tienes pareja y os lo estáis pensado, aquí te vamos a presentar algunas ventajas del matrimonio.

Un paso muy importante

La celebración de una boda entre dos mujeres es un paso muy importante para cualquier pareja que se ama y desea construir un futuro en común. Pero también es un trámite que puede facilitar mucho algunas cuestiones burocráticas y legales en la vida cotidiana de ambas o de la familia que deseen formar. El matrimonio igualitario proporciona muchos beneficios como por ejemplo la posibilidad de hacerse cargo del patrimonio de la pareja en el caso de que la cónyuge enferme o fallezca. O por ejemplo, adquirir derechos como tutora legal de los hijos de la otra. El matrimonio civil ofrece otras muchas ventajas, más que interesantes para a vida en común. 

Buenas razones para casarte 

La celebración de una boda civil entre dos mujeres conlleva una serie de obligaciones asociadas al matrimonio. Parlamente también abre la puerta a algunas posibilidades a las que no tendrían acceso de no estar casada. Además de las dos que ya hemos mencionado, existen más razones para casarte con tu chica

Podréis hacer vuestra Declaración de la Renta conjuntamente, si es que os conviene y lo decidís así. Es opcional. 

  • Se adquiere del derecho a percibir una pensión de viudedad en el caso de una de las cónyuges fallezca.
  • El matrimonio, homo o hetero, permite la posibilidad de tramitar la adopción de un niño de manera conjunta. No en todos los países está permitida la adopción por parte de parejas homosexuales y esto es algo que hay que tener en cuenta. España sí permite ese derecho. 
  • En el caso de fallecer una de los miembros de la pareja, la otra tendrá derecho por ley a recibir la parte de la herencia que le corresponda. En el caso de tener hijos, biológicos o adoptados, la cónyuge tendrá derecho a un tercio de los bienes de la fallecida. Si no hubiere descendencia, percibiría la mitad de sus bienes a repartir con los progenitores de la fallecida. Si los padres también hubiesen fallecidos y no existiese testamento explícito, la pareja recibirá la herencia al completo. 
  • Además de percibir la parte correspondiente de la herencia, la cónyuge que sobrevive a la otra podrá tener deducciones fiscales considerables. Estas varían en cada comunidad autónoma en la que haya ocurrido el fallecimiento. En el caso de no haberse casado, probablemente la heredera tendría que pagar más del 50% de la herencia en concepto de impuestos por no tener parentesco legal con la pareja fallecida. 
  • Si una de las dos tiene nacionalidad extranjera y es residente en España con el permiso correspondiente, el matrimonio le otorgará el derecho a obtener la nacionalidad española, en el mismo plazo que se concede a una pareja heterosexual.
  • Si ocurriese un accidente o una de las cónyuges enferma hasta el punto de incapacitarla, la pareja podrá decidir y autorizar el tratamiento que reciba. En el caso de no estar casadas, sería algún familiar sanguíneo el que tendría que tomar estas decisiones. 

Estas son algunas razones para casarte. Ahora la decisión la tomáis vosotras.