Hoy os ofrecemos el post que desde hace tiempo queríamos dedicarle al tema del matrimonio entre mujeres. En concreto, muchas de vosotras (las más románticas sin duda) estaréis encantadas de saber algo más sobre cuáles son los requisitos que debéis cumplir para poder casaros con vuestras parejas. Sin embargo, puede que haya otras que lo hagáis por puro pragmatismo. Como todas sabéis estar casadas supone también algunas ventajas fiscales. Pero hacedlo por amor, no me seáis… Huelga decir que lo que proponemos vale sólo para el caso de España. Para nuestras hermanas en Latinoamérica prometemos hacer uno dentro de poco donde informemos puntualmente.
Algunos requisitos previos para el matrimonio entre mujeres
Tanto los derechos como las obligaciones son, en principio, iguales que en los matrimonios hetero. Eso quiere decir que estáis obligadas a cuidar una de la otra, vivir juntas, guardaros fidelidad…en fin, todo lo que se supone que se debe hacer en el matrimonio.
Respecto al tema de los hijos, se considera una adopción. La pareja es de ambas en la medida en que una engendra al hijo o hija y la otra lo adopta. De esta manera se consigue que ambas sean madres. A partir de ahí, formaréis un núcleo familiar que estará regido por las mismas reglas que los heterosexuales. Esto no debería causaros mayores problemas, aunque después de lo del caso Lennon nunca se sabe.
Aquí hay una cuestión importante para todas las lesbianas que no sean españolas o no residan en España. Es la cuestión del matrimonio entre extranjeras.
¿Es legal nuestro matrimonio si en nuestro país de origen no se reconoce?
Si el matrimonio se hace entre dos mujeres extranjeras en España, si en su país de origen no se reconoce dicho derecho es más difícil. Todo dependerá de que vuestro país reconozca que a nivel privado lo que hagáis en otros países tiene efectos legales. No suele ocurrir, la verdad.
Sin embargo, si sois extranjeras residentes en España, no habrá problema, aunque vuestro país no reconozca el matrimonio entre mujeres. Es importante estar al tanto de toda la legislación. Por no saberlo, podríamos estar beneficiándonos de algunos de los provechos que nos da estar casadas. Además, qué coño, podríamos estar privándonos de la ilusión que eso nos hace por no estar enteradas.
Para todo lo demás, un matrimonio entre mujeres es exactamente igual que uno hetero. Es decir, si tenéis hijos en común debéis estar al tanto de su cuidado. Su custodia se resolverá en un juzgado en caso de divorcio. Además, también tendréis derecho a pensiones asociadas al matrimonio. Por ejemplo, pensión de viudedad en el caso de que vuestra pareja fallezca (Dios no lo quiera).
Esperamos que este post os haya sido de ayuda y os decida a dar el paso. Evidentemente, el matrimonio entre mujeres es por lo civil. Debéis rellenar vuestro expediente de trámite previo. Posteriormente, deberá ser ratificada vuestra solicitud y tramitada. La documentación y todo lo demás se hace por el Registro Civil. El caso es que el proceso puede tardar varios meses. Es recomendable que si lo tenéis decidido no lo dejéis pasar, ya que puede tardar bastante. Sólo nos queda desear a las novias que seáis muy felices. Y a las solteras, también.
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